Una nueva normativa redefine la operativa comercial en zonas fronterizas del Perú y busca activar las economías locales. El país enfrenta retos logísticos que este régimen atenúa al permitir a residentes ingresar productos sin pagar aranceles. Se trata de una iniciativa del Estado que responde directamente a las necesidades de distritos apartados y sin conexión terrestre adecuada.
Beneficios del comercio en frontera regulado
El Decreto Supremo 186-2025-EF establece que residentes con RUC activo y domicilio en distritos fronterizos podrán ingresar mercancías por hasta 1 UIT por viaje, con un tope anual de 12 UIT, sin pago inicial de aranceles ni tributos de importación. Además, estas condiciones están diseñadas para dinamizar el comercio local y reducir los costos logísticos que afectan la oferta de bienes básicos.
Los productos ingresados deben permanecer y comercializarse
únicamente dentro de los distritos autorizados, los cuales incluyen zonas de Amazonas, Loreto, Puno y Ucayali. De igual manera, los pobladores deberán conservar comprobantes de compra y venta por cuatro años para cumplir con las inspecciones de la SUNAT.
Condiciones clave del comercio en frontera
Para acceder al régimen los beneficiarios no deben tener la condición de “no habido” y deben realizar el ingreso exclusivamente por pasos de frontera autorizados. Asimismo, se habilitan mecanismos de control acoplados a la Ley General de Aduanas y la Ley de Delitos Aduaneros para cubrir vacíos legales o casos no previstos.
Además, este tipo de iniciativas puede servir como piloto normativo en otras regiones del Perú.
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Desde septiembre, el régimen está vigente y abarca un total de más de veinte distritos fronterizos en cuatro regiones, lo que supone una cobertura significativa para fomentar el comercio y la formalización entre comunidades alejadas.